MINISTERIO
DE ASUNTOS INTERNOS
MINISTRO TITULAR: CARLOS SANCHO SANTANA
El Ministerio de Asuntos
Internos tiene las siguientes funciones:
- Fiscalizar la correcta ejecución y
aplicación de las leyes. En ejercicio de dicha atribución podrá proponer al
Presidente de la República las medidas necesarias para solucionar las
dificultades y dudas que le sean formuladas en materia de inteligencia y
aplicación de las leyes;
- Recibir y resolver las peticiones de
ciudadanía, en la forma dispuesta por las leyes;
- Recibir las inquietudes de la ciudadanía, expresada
epistolarmente o a través de los medios de comunicación social, preocupándose
de que los organismos competentes adopten las medidas pertinentes o den las
respuestas correspondientes;
- Actuar como secretario del Gobierno y del Consejo
de Gabinete. En cumplimiento de dichas funciones deberá registrar, comunicar y
dar publicidad, cuando procediere, a los acuerdos, conclusiones y
determinaciones del Gabinete.
- Efectuar el proceso de recopilación,
elaboración técnica, clasificación, análisis y publicación de las estadísticas
oficiales de la República.
- Realizar el estudio crítico de las normas
constitucionales y de la legislación civil, criminal, comercial, administrativa,
disciplinaria y de procedimientos, a fin de proponer al Presidente de la
República las reformas que estime pertinentes;
- Encargarse de las relaciones con el Gran
Senado que no correspondan a otros Ministerios;
- Encargarse de la supervigilancia y control
de los Gobernadores, impartiéndoles las instrucciones necesarias de acuerdo a
la política nacional determinada por el Presidente de la República;
- Atender a las necesidades de organización
y funcionamiento de los Tribunales de la República;
- Resolver las consultas de los Tribunales
sobre interpretación, reforma o derogación de las leyes existentes y
preparación de los mensajes relativos a dichos asuntos;
- Estudiar, informar y proponer las
modificaciones que hubieren de efectuarse en la división política,
administrativa y judicial de la República;
- Asesorar al Presidente de la República en
los nombramientos de jueces y los funcionarios de la administración del Estado,
salvo el personal dependiente de otros Ministerios;
- Ejercer las labores de coordinación que le
encomiende el Presidente de la República;
- Garantizar el libre desarrollo del culto,
y la observancia de las solemnidades establecidas por la Iglesia Católica
Apostólica y Romana, así como por el respeto de las demás confesiones
religiosas de los ciudadanos, y
- Desempeñar las restantes funciones y
ejercer las demás atribuciones que le encomiende la ley.
MINISTRO TITULAR: ARTURO LORETTI
El Ministerio de la
Defensa y las Relaciones Exteriores tiene las siguientes funciones:
- Colaborar con la planificación, diseño,
coordinación y ejecución de la Política Exterior que formule el Presidente de
la República, y en general todo lo concerniente a las Relaciones Exteriores de
la República, incluidas aquellas con otras potencias, organizaciones,
micronaciones y otras entidades;
- Estudiar los tratados y convenciones
internacionales, en coordinación con los Ministros que corresponda;
- Realizar la difusión internacional de los
comunicados oficiales del Estado;
- Encargarse de la dirección, coordinación y
supervigilancia de los funcionarios diplomáticos, consulares y en general los
representantes del Estado en el exterior;
- Fijar las normas relativas al ceremonial
en las reuniones oficiales del Presidente de la República con dignatarios
extranjeros;
- Identificar y advertir las amenazas
actuales y potenciales en el ámbito del ciberespacio, proponiendo las acciones
tendientes a proteger, mitigar o superar dichos riesgos informáticos;
- Proponer al Presidente de la República
cambios a la normativa constitucional, legal o reglamentaria vigente cuando
ésta incida en materia de ciberseguridad;
- Proponer al Presidente de la República,
formas de coordinación en materias de ciberseguridad, así como cambios en la estructura
orgánica para la ciberseguridad en la República;
- Asesorar al Presidente de la República, en
el análisis y definición de la política nacional de ciberseguridad;
- Dirigir el Comisariato de la
Ciberseguridad;
- Dirigir por si, o designar al director nacional de la Oficina Nacional de Información;
- Asesorar al Gobierno e intervenir en todo
lo que se refiere a los límites internacionales de la República de Rino Island y
a sus fronteras;
- Organizar y conservar un archivo de
libros, mapas, documentos y otros útiles sobre límites y fronteras;
- Realizar el estudio hidrográfico de las
costas y mares territoriales, y
- Desempeñar las restantes funciones y ejercer las demás atribuciones que le encomiende la ley.
MINISTERIO
DE FINANZAS
MINISTRO TITULAR: MARIA ISABEL PINO
El Ministerio de Finanzas
tiene las siguientes funciones:
- Dirigir la política financiera y económica
del Estado;
- Recaudar las rentas públicas y encargarse
de su administración;
- Llevar la contabilidad general del Estado,
y especialmente el balance de gastos y entradas;
- Girar y disponer de las sumas que contemple
anualmente el Presupuesto, en conformidad con las normas que rijan la materia;
- Proponer al Presidente de la República las iniciativas
y reformas en materia de recaudación fiscal que estime pertinentes;
- Establecer, previa consulta al Gran Senado y autorización del Presidente de la República, determinadas empresas privadas, para en representación del Estado realicen ventas directamente en o al extranjero, y
- Desempeñar las restantes funciones y
ejercer las demás atribuciones que le encomiende la ley.
MINISTERIO
DE BIENESTAR
MINISTRO TITULAR: LUIS PINO
El Ministerio de Bienestar
tiene las siguientes funciones:
- Proponer al Presidente de la República
planes y programas destinados al fomento de la educación, el deporte, la
cultura, la recreación y el bienestar nacional;
- Promover la creatividad y desarrollo
personal de los ciudadanos y de sus organizaciones;
- Contribuir a la difusión de todas aquellas
obras e iniciativas que ayuden a la elevación del nivel cultural y moral de la
comunidad nacional, a su sano entretenimiento y a la conservación y exaltación
de valores nacionales;
- Fomentar actividades tendientes a proveer
una formación integral de los ciudadanos, junto con sana entretención;
- Dirigir y controlar el correcto
funcionamiento de las instituciones educativas y científicas del Estado;
- Proponer al presidente las acciones
tendientes a fomentar y desarrollar las bellas artes, la música, las letras y
la cultura en general del Estado;
- Incentivar la participación de los
ciudadanos en actividades sociales y culturales;
- Promover la formación de grupos y
asociaciones culturales, cuyas finalidades sean completar la formación educativa
de sus integrantes, desarrollar sus aptitudes y crear hábitos de servicio
público y de trabajo útil a la comunidad nacional, y
- Desempeñar las restantes funciones y ejercer las demás atribuciones que le encomiende la ley.
MINISTERIO
DE TURISMO
MINISTRO TITULAR: ARTURO LORETTI
El Ministerio de Turismo
tiene las siguientes funciones:
- Promover las realizaciones y logros del
Estado en el extranjero;
- Proponer al Presidente de la República las
normas legales y reglamentarias que rijan los servicios informativos del país;
- Proponer instrucciones generales de
carácter obligatorio relativas a la difusión de la información, propaganda y
publicidad que los organismos del Gobierno y Administración realicen por
cualquier medio;
- Dirigir y controlar los medios de
comunicación estatales, y especialmente las redes sociales del Estado;
- Elaborar reportes de prensa periódicos,
para uso presidencial, informando de la presencia del Estado en diversos
medios;
- Proporcionar a los medios de comunicación nacionales
e internacionales las noticias de carácter oficial;
- Orientar y apoyar las acciones del Estado
respecto de la difusión de la información en el extranjero, en coordinación con
el Ministerio de la Defensa y las Relaciones Exteriores.
- Mantener permanentemente informada a la
Comunidad Nacional de las políticas, planes, programas y realizaciones del
Gobierno;
- Conocer y evaluar la opinión pública, a
fin de definir la política nacional de comunicaciones;
- Dirigir por si la Oficina Filatélica, o en
su defecto designarle un director, y
- Desempeñar las restantes funciones y
ejercer las demás atribuciones que le encomiende la ley.
MINISTERIO
DEL PARTIDO DE LA UNIDAD NACIONAL
MINISTRO TITULAR: PRESIDENTE ANASTASIO LÓPEZ EJERCE CARGO
El presidente del Partido de
la Unidad Nacional Rinoislandés será considerado como ministro del Gobierno por
derecho propio, como Ministro del Movimiento Nacional, a menos que ya desempeñe
un cargo público.