Habiendo sido aprobado el presente proyecto por el Gran Senado de la Nación Rinoislandesa, promúlguese el siguiente como texto oficial de la:

LEY N°57
Autoriza al Presidente de la República a fijar el texto refundido de las leyes que indica

Artículo único.- Se autoriza al Presidente de la República para que fije el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 41, Ley Orgánica del Gran Senado; de la Ley N° 40, Ley Orgánica de los Tribunales de la República; de la Ley N°36 Orgánica del Partido de la Unidad Nacional, y la Ley N° 19, Carta del Trabajo;  y la Ley N°7 Sobre El Partido De La Unidad Nacional Rinoislandés Y Otras Asociaciones Políticas; la Ley N°44, nueva ley de la oficina nacional de información; y la Ley N°43 que suprime fuerzas de autodefensa nacional y crea el comisariato de la ciberseguridad. 

REGÍSTRESE en el archivo legal de la Biblioteca Nacional, PUBLÍQUESE en el sitio web institucional e INSÉRTESE en el acta de la sesión del Gran Senado que corresponda.


ANASTASIO LÓPEZ
Presidente de la República

BENEDETTO SAMPERI
Presidente del Gran Senado

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